EL CONTUBERNIO DE MÚNICH

Tras el final de la II Guerra Mundial, muchos políticos europeos consideraron que había que realizar un movimiento paneuropeísta a fin de dirimir amistosamente las diferencias que surgieran entre los países europeos, en vez de recurrir a enfrentamientos armados que tantos disgustos habían dado. Aquel movimiento, del que Churchill fue uno de sus primeros impulsores, defendía los principios de la democracia liberal. Ya lo vimos en las entradas sobre la creación de una conciencia europea https://algodehistoria.home.blog/2019/09/19/creacion-de-una-conciencia-europea-2/

Pero Churchill no fue el único, en toda Europa existían otra serie de movimientos con la misma finalidad europeísta: el liberal, el socialista, el federalista y el demócrata-cristiano. En la confluencia de esas ideas se van construyendo las instituciones europeas. Así, en 1949, se crea el Consejo de Europa. En 1951, ve la luz la CECA; su tratado constitutivo fue firmado por Francia, Alemania Occidental, Italia, Bélgica, Luxemburgo y Países Bajos. En 1957, se firman, en Roma, el tratado que crea el Mercado Común y el que da lugar al EURATOM.

Mientras tanto, en España, se intenta salir del aislamiento al que estábamos sometidos tras el final de la II Guerra Mundial con tres acuerdos, todos ellos de 1953: en enero, España se incorpora a la UNESCO; en agosto, se firmó el concordato con la Santa Sede, y, en septiembre, se firma el Tratado de Amistad y Cooperación con los EE. UU (que realmente eran tres tratados, entre los que se permitía la presencia de bases americanas). A cambio, España, empezaba a ser considerada parte del mundo occidental.  Al mismo tiempo, surgen en España los primeros grupos europeístas a la luz de lo que se estaba produciendo en Europa. Aquellos movimientos que, evidentemente, buscaban una apertura del régimen, estando muy mal vistos por el franquismo como era lógico, aunque no fueron perseguidos de manera inmediata entre otras razones porque su grupo más activo estaba vinculado a la Iglesia Católica y a la Asociación Católica de Propagandistas. Hubo un segundo grupo, más en la clandestinidad, que también tuvo cierta fuerza en aquel movimiento europeísta. Se formó en la Universidad de Salamanca y entre sus miembros destacaba el profesor Enrique Tierno Galván.

Pero son los primeros, en torno a la Asociación Española de Cooperación Europea (AECE), los que de verdad movilizan a un numeroso grupo de personas. Tuvieron la astucia de nacer como asociación cultural, aparentemente sin vinculación política, lo que les permitía una mayor desenvoltura.

El gobierno no quería ni oír hablar del movimiento europeísta ni del Mercado Común; de hecho, el mismo Franco, en el discurso de Navidad de 1956, manifestó que la idea de una unión europea estaba llamada al fracaso. Sin embargo, en mayo de 1957, crea una comisión con forma de oficina de información que ha de estudiar cómo afectan los acuerdos europeos el régimen. Poco después, en 1959, el plan de estabilización de los tecnócratas requería un cambio de rumbo económico lo que obligaba a una cierta apertura al exterior. Con esa perspectiva, España logra entrar en lo que hoy son el Fondo Monetario Internacional y la OCDE.

Igual que el régimen evoluciona, las asociaciones europeístas también lo hacen pasando de meras asociaciones culturales a grupos políticos. Especial cambio sufre la AECE de los propagandistas cuando es nombrado presidente de la misma José María Gil Robles y se unen a ella no sólo los democristianos sino también ciertos sectores liberales y algunos socialistas. Esta asociación se pone en contacto con los españoles en el exilio, pero excluyendo a los comunistas. Ni los Comunistas estaban bien vistos en Europa ni ellos veían con buenos ojos la comunidad europea que se fraguaba. Además, los socialistas no querían que se les asociara con ellos. Este grupo de europeístas españoles, del interior y del exterior, habían previsto un primer encuentro en Mallorca, que poco tiempo antes de que se produjera fue suspendido por orden gubernativa. Todos los actores de aquel tiempo coinciden en que fue la ceguera del Ministro de Gobernación lo que hizo fracasar aquella reunión y dio lugar a la convocatoria de una reunión de los movimientos europeístas españoles en el marco del propio Movimiento Europeo, que había de celebrar su IV Congreso en el mes de junio de 1962 (del 5 al 8 de junio), en la ciudad de Múnich.

En una de las aparentes contradicciones del régimen, el 9 de febrero de 1962, España solicita la apertura de negociaciones para entrar en la CEE. Realmente, aquello no era más que una concesión formalista de Franco a los empresarios españoles que clamaban por una mayor apertura al exterior, pero el Caudillo no tenía ningún interés en entrar en el Mercado Común, ni los miembros del tratado de Roma de que España entrara, por eso rechazaron la solicitud española.

Mientras tanto, seguía en marcha la organización de la participación española en el congreso de Múnich. Salvador de Madariaga que representaba a los liberales españoles exiliados y llevaba la dirección de la participación española en Múnich se encargó de lograr el apoyo de los organizadores, especialmente de Robert Van Schendel, Secretario General del Movimiento Europeo desde 1955, que trabajó al lado de los eminentes y míticos padres de la Europa Unida, como Robert Schuman, Walter Hallestein, Jean Rey, Maurice Faure y que conocía perfectamente toda la problemática del europeísmo español. En el interior, fue José María Gil-Robles quien asumió la responsabilidad de coordinar la asistencia y los trabajos para el congreso, en unas condiciones nada fáciles. Ambos contaron con varios colaboradores en la organización: Gorkin, antiguo miembro del PROUM, como conseguidor de fondos- fue la CIA la que estaba interesada en aquel congreso y la que aportó los fondos para los viajes y las estancias en Múnich-. Fue Enrique Adroher, conocido como Gironella, el dirigente socialista que negoció con Gil Robles la estructura de la representación. Querían que fuera numerosa- más de 100 personas- que hubiera más representantes del interior que del exterior y que del interior abundaran los representantes de la derecha y, por supuesto, la ya mencionada inasistencia de comunistas. Fue José Vidal Beneyto el encargado de coordinar y enlazar el interior y el exterior. El reclutamiento interior vino de la mano de Beneyto y de Fernando Álvarez de Miranda, entre otros. Se buscaron representantes de la Iglesia, de la banca, del ejército. Asistieron miembros de la Asociación Católica de Propagandistas, de Acción Católica, de la banca, hasta falangistas como Dionisio Ridruejo. Pero no aceptaron ir los representantes del Opus Dei. Al final la delegación española contó con 118 representantes, 80 de los cuales fueron del interior y el resto del exterior. Aquí se puede consultar el listado de participantes (si bien en este listado realizado en el aniversario del congreso se omite por error 4 nombres): http://www.movimientoeuropeo.org/contubernio-de-munich/

Los representantes españoles parten para Múnich cuando había estallado una huelga en la minería asturiana secundada por obreros de otros lugares, destacando los conflictos en el País Vasco, lo que provocó la declaración del estado de excepción en ambas regiones.

Evidentemente, el régimen, conocedor del congreso, no se estuvo quieto y presionó a los organizadores y al gobierno alemán para que la delegación española no tuviera participación activa en el congreso. Incluso enviaron a espías franquistas a Múnich con el fin de tener información de primera mano de lo que allí ocurriera. Se dice que una de las cosas que más inquietó y enfadó al tiempo a Franco fue la presencia de Dionisio Ridruejo, uno de los falangistas de la primera hora y responsable de la propaganda del bando franquista en la Guerra Civil, en aquel cónclave europeísta.

Al llegar a Múnich los congresistas hispanos se dividieron en dos grupos de trabajo, uno del interior y otro con los del exterior. Esto desconcertó a los participantes pues creían que iban a estar en una reunión conjunta. Se hizo así para mitigar una posible tensión al reunir a personas que unos años antes habían estado combatiendo en bandos enfrentados. Sin embargo, los intercambios entre congresistas fueron constantes y tras los primeros acuerdos entre cada sector se produjo la ansiada reunión conjunta. De ella salió un texto común que, en resumen, defendía el compromiso de luchar por la instauración en España de instituciones representativas y democráticas; la efectiva garantía de los derechos humanos; el respeto a las libertades individuales con especial mención a la de expresión, reunión, asociación, sindicales, la posibilidad de organizar corrientes de opinión y partidos políticos.

Aquel texto tropezó en un primer momento con un punto de fricción al insistir los socialistas en que figurara la república como forma política de Estado. Los monárquicos no podían aceptar esta propuesta. Joaquín Satrústegui, miembro del Consejo Privado del Conde de Barcelona -también Gil Robles lo era- consiguió convencer a los socialistas de que aceptaran como forma de Estado la monarquía democrática y parlamentaria al haber sido un poder neutral durante la guerra. El Rey se había marchado y su hijo y heredero, don Juan, no era partidario del franquismo. La república y los republicanos habían sido uno de los bandos de la guerra y establecer la república como forma de Estado era querer imponer una victoria después de haber sido derrotados y eso no podían aceptarlo los representantes del interior. Al final, Rodolfo Llopis – representante del PSOE en el exilio solicitó a Joaquín Satrústegui que transmitiera al Conde de Barcelona lo siguiente:

“El PSOE tiene un compromiso con la República que mantendrá hasta el final. Ahora bien, si la Corona logra establecer pacíficamente una verdadera democracia, a partir de ese momento el PSOE respaldará lealmente a la Monarquía.”

Gil Robles y Rodolfo Llopis sellaron el acuerdo con un emocionante abrazo de reconciliación. El manifiesto se leyó en la reunión del congreso acompañado de dos discursos uno de Gil Robles y otro de Salvador de Madariaga. Ambos brillantes, ambos emocionantes, ambos lograron poner de pie al auditorio.

Estos discursos fueron aireados por la prensa mundial. En España, el ministro de información, Arias Salgado, en otro error sin precedentes, desencadenó una campaña innecesariamente brutal contra los asistentes. Utilizó al periódico afín al régimen “Arriba” para sus fines. Éste empleó la descalificación de “contubernio” -alianza para fines censurables o la cohabitación ilegal de dos personas-, para definir la reunión de los miembros de un congreso europeísta; lo que era volver al lenguaje rebuscadamente agresivo de otros tiempos. Aquella excitación de algunos sectores del franquismo llevó a la aprobación de un Decreto-ley  el 8 de junio por el que el general Franco suspendía la vigencia del artículo 14 del Fuero de los Españoles, es decir, terminaba con la libertad de residencia, una de las pocas reconocidas en España. Se trataba del paso previo a la represión que siguió a los participantes. A pesar de que el gobierno alemán reclamó a Franco que no encarcelase ni reprimiese a los participantes y éste manifestó que la idea alemana de España como país represor era anticuada y nada realista, al regreso a España, los congresistas hispanos de Múnich fueron detenidos y enviados al destierro a las islas Canarias. Un numeroso grupo, Satrústegui, Jaime Miralles y Álvarez de Miranda entre ellos, fueron deportados a la isla de Fuerteventura y otros, a la de Hierro. Iñigo Cavero, contaba en sus clases en la facultad, cuáles eran condiciones de vida en Hierro en aquellos años, las de Fuerteventura no eran mejores: alejados de su familia, sin saber cuándo volverían a verlos y sin las comodidades que hoy existen en las Islas Canarias. Entonces no había agua corriente ni la electricidad funcionaba adecuadamente. No pensemos en el paraíso canario actual, sino en islas pequeñas, sin infraestructuras adecuadas y aisladas.

Aquella reclusión duró aproximadamente unos 11 meses. Si bien, marcó la vida de los participantes a su vuelta a la vida civil en aquellos años. Si la situación no fue peor, se debió a la promesa realizada a Alemania y, sobre todo, porque Franco se percató de que necesitaba abrir las fronteras para mejorar la economía. Ahora, la idea de ingresar en el Mercado Común se iba haciendo más aceptable. Se dio cuenta del error de Arias Salgado, el cual fue destituido. Su lugar lo ocupó Manuel Fraga. Curiosamente, Fraga, con gran visión, empezó una tarea aperturista que se inició con su ley de prensa de la que ya tratamos en este blog ( https://algodehistoria.home.blog/2020/11/20/libertad-de-prensa-ley-fraga-1966/ )y que permitió poco a poco, abrir España al exterior y a cierta flexibilidad. Se puede decir que Fraga fue uno de los triunfadores del contubernio de Múnich, sin haber participado en él.

Otras de las consecuencias de aquel congreso fueron las siguientes:

1.- En Múnich se harían presentes los partidos y las ideologías que años después alcanzarían presencia mayoritaria en las elecciones nacionales.

2.- El consenso que hizo posible la Constitución de 1978 tiene en la idea de Europa una de sus principales causas.

3.- La izquierda se forjó en torno al PSOE. Curiosamente, la oposición al franquismo la habían llevado a cabo en España el PCE y CC.OO. Como dijo sarcástica y gráficamente Santiago Carrillo, el PSOE había estado “cuarenta años de vacaciones”. Pero a raíz de Múnich los europeos vieron en el PSOE la fuerza de izquierda adecuada para España y así en su 27º congreso (Madrid, diciembre de 1976) Felipe González apareció apoyado por Willy Brandt, François Mitterrand, Olof Palme, Pietro Nenni, Michael Foot, Simon Peres… Carrillo tuvo que conformarse con dos o tres representantes menores del llamado eurocomunismo en alguno de sus mítines. Jorge Semprún (1923-2011), intelectual y antiguo miembro del PCE, lo contó en su libro, “Autobiografía de Federico Sánchez”, en el que afirmaba que el PCE aparecía como partido ambiguo ante los valores democráticos y cosmopolitas europeos. El resultado fue una amplísima diferencia de votos en favor del PSOE frente al PCE en las elecciones de 1977.

4.- El Congreso de Múnich también supuso la confirmación de la monarquía como forma política del Estado, pero no en la figura de Don Juan, pues fue muy crítico con el congreso de Múnich, lo que le hizo perder la confianza de los republicanos. Así emerge la figura de su hijo, Juan Carlos I, como único posible Rey, aceptado por izquierda y derecha, que pudiese encarnar el futuro democrático de España.

BIBLIOGRAFÍA

Joaquín Satrústegui. Ensayo titulado “La política de Don Juan en el exilio”. 1990

Paul Preston. “Franco: Caudillo de España”. Barcelona. Círculo de lectores. 1994

Fernando ÁLVAREZ DE MIRANDA. “Del «contubernio» de Múnich al consenso”. Barcelona, Ed. Planeta,1985

Jordi Amat. “La primavera de Múnich”. TUSQUETS. 2016

Libertad de Prensa. Ley Fraga 1966.

 

El Gobierno acaba de publicar una Orden del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Orden PCM/1030/2020, de 30 de octubre, por la que se publica el procedimiento de actuación contra la desinformación aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional. Su fin es la lucha contra la desinformación. Este es el enlace de la norma: https://www.boe.es/eli/es/o/2020/10/30/pcm1030

Por su carácter restrictivo, tal orden ha sido comparada por algunos analistas con la Ley 14/1966, de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta, conocida coloquialmente, como Ley Fraga, por ser el entonces ministro de Información y Turismo, Manuel Fraga Iribarne, el impulsor de la misma. Aquí se puede consultar el texto: https://www.boe.es/eli/es/l/1966/03/18/14/con

Para comprender si la comparación entre ambas normas es acertada, debemos escudriñar distintos aspectos, como son el contexto histórico en el que nacen ambas, su contenido y consecuencias

La orden actual acontece en el marco de una democracia. La de Fraga en medio de un régimen dictatorial que había pasado por épocas durísimas en las que imposición era aún mayor que la censura. La Ley Fraga está considerada una norma aperturista por su reconocimiento de la libertad de prensa y  su carácter decisivo en la caída del régimen. La actual debe coexistir, si ello es posible, con el acervo normativo de la Unión Europea, fundamentado en la defensa de las libertades y los derechos fundamentales y en el marco jurídico nacido de la Constitución de 1978, la cual reconoce la libertad de prensa, de pensamiento, opinión, expresión, cátedra… artículo 20.1 de la norma suprema. Ese mismo artículo, en el apartado 2, afirma que el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

A su vez, en los apartados 4 y 5, delinean los límites y redoblan la defensa de esas libertades, con la siguiente redacción:

  1. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Titulo, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
  2. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

Subrayo lo de “resolución judicial” porque la acción de los tribunales no aparece recogida como medio de control de estas libertades en la Orden de Presidencia.  

He sorteado conscientemente el apartado 3, porque en él la Constitución señala la posibilidad de control de los medios de comunicación con el siguiente texto:

  1. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

Hay que reparar en tres aspectos de este apartado: 1) señala que la Ley (no una Orden ministerial) regulará la organización y control de los medios de comunicación; 2) que el control será parlamentario (no dice del Gobierno sino de la representación de la Soberanía Nacional) y 3) por ser expresión de la misma, es decir, de todos, recoge que una ley garantizará el acceso de todos respetando el pluralismo de la sociedad.

Los derechos fundamentales  y de las libertades públicas regulados en este artículo 20 cuentan con la protección jurisdiccional ante los Tribunales ordinarios que se instrumenta a través de un procedimiento especial, preferente y sumario y está incluido dentro de los preceptos constitucionales dotados de la especial protección del Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional recogida en el artículo 53.2 de la norma suprema circunstancia que, tampoco, aparece en la Orden de Presidencia.

Hay que recordar que la Constitución de 1978,  se vincula en este aspecto con la Declaración Universal de Derechos Humanos y el establecimiento de la libertad de expresión: «Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión».

En este contexto de libertades, el Gobierno aprueba una orden ministerial en cuya exposición de motivos señala que resulta imprescindible para España evaluar el fenómeno de la desinformación,  sin definir qué es desinformación y se ampara como justificación de la necesidad de la norma en un plan europeo contra la desinformación, que aún no existe. En la Orden se identifican los órganos, organismos, autoridades y procedimientos que forman el sistema de control. En este último aspecto (procedimiento) establece cuatro niveles diferentes de activación que sirven para la detección y análisis de campañas de desinformación. Además, en el apartado 6 incitan a la delación de los ciudadanos contra los informadores.

Por su parte, la Ley Fraga, nace en la España de los 60, recordaremos someramente cómo era la España de los 60, no vamos a profundizar, porque ya lo hicimos en otra entrada de éste blog (https://algodehistoria.home.blog/2020/06/19/que-decada-la-de-aquel-regimen/).

Tras una primera parte del régimen, en la que España había quedado anclada a un profundo arcaísmo, los años sesenta fueron los del gran cambio social. Debido esencialmente a:

Masiva emigración (del campo a la ciudad y a Europa occidental). La emigración trajo como  consecuencias positivas, la reducción del paro o el ingreso de las abundantes remesas enviadas por los emigrantes

La mejora de la riqueza nacional y de los ingresos individuales provocaron un aumento de la natalidad y una reducción significativa de la mortalidad. Mejoraron las infraestructuras de todo tipo lo que incluyó colegios, hospitales, carreteras, viviendas, hoteles. Fue el inicio del boom del turismo y de la sociedad de consumo. Los españoles veranearon por primera vez al crearse una clase media con más ingresos, mejor nivel de vida y unas comodidades en el hogar que permitían tener más tiempo libre y disfrutar del ocio. La sociedad de consumo provocó un mayor acceso a la información, a la movilidad, al contacto con poblaciones de otros países, lo que abrió las perspectivas de la sociedad española, especialmente entre los más jóvenes; nuevos hábitos sociales, nuevas pautas en las relaciones interpersonales, modas, costumbres o indumentarias llegaron de manos de los grupos musicales, el cine y el turismo. La sociedad se volvió más crítica con el régimen, que se vio obligado, como Lampedusa, a cambiar para que todo siguiera igual… o parecido en relación a determinados aspectos de poder. A su vez, la Iglesia Católica, que tanta influencia tenía en el Régimen, estaba viviendo aires de renovación expresados en el Concilio Vaticano II.

Con este ambiente se hacía obligatoria una revisión de posturas gubernamentales en España y así lo entendían los sectores aperturistas del régimen. En ellos la modificación de la Ley de Prensa era una prioridad que se venía demandando desde  hacía más de una década. En nuestra Historia, el sistema de control de prensa se basó en la intervención gubernamental o judicial una vez publicados los periódicos. Tal situación se transforma en los gobiernos posteriores a 1883 en los que se establece el método preventivo de la censura. Pero, incluso durante la dictadura de Primo de Rivera, la censura previa (ejercida ininterrumpidamente a lo largo de más de siete años) estuvo justificada sólo en virtud de circunstancias excepcionales, de tal manera que nunca quedó recogida en una ley. Posteriormente, se aprobó la Ley de prensa de 1938,  con un  sistema de controles preventivos múltiples absolutamente novedoso, complementado con un abanico de medidas represivas muy severas sobre los periodistas y las empresas editoras que perseguía convertir la prensa en una institución al servicio del Estado; así se creó el Registro Oficial de Periodistas, que ponía en manos de la Administración la decisión acerca de quién pertenecía a la profesión y quién quedaba excluida de ella.

El preámbulo de la Ley de 1966 señala como motivos para el cambio, los siguientes: Justifican tal necesidad el profundo y sustancial cambio que ha experimentado, en todos sus aspectos, la vida nacional, como consecuencia de un cuarto de siglo de paz fecunda; las grandes transformaciones de todo tipo que se han ido produciendo en el ámbito internacional; las numerosas innovaciones de carácter técnico surgidas en la difusión impresa del pensamiento; la importancia, cada vez mayor, de los medios informativos poseen en relación con la formación de la opinión pública, y, finalmente, la conveniencia indudable de proporcionar a dicha opinión cauces idóneos a través de los cuales sea posible canalizar debidamente las aspiraciones de todos los grupos sociales, alrededor de los cuales gira la convivencia nacional.”

Las opiniones de la historiográfica son variadas, los sectores de izquierdas consideran que la causa estaba en las presiones económicas lanzadas contra el régimen- si el cambio hubiera ocurrido unos años antes, hubiera sido más creíble esta explicación-, otros hablan de la revolución social experimentada en España y explicada más arriba. Todo puede haber influido, pero quizá la explicación del profesor Ferrero, al que tanto nombro en este blog, tiene aspectos muy plausibles. Ferrero, considera que todo régimen dictatorial busca mantenerse en el poder. Normalmente, el control de la información es esencial para que un dictador se perpetúe y no suele soltar fácilmente esa presa. Si lo hace se debe a que con el cambio gana más que pierde. Algo así pasaba en la España de los 60, de un lado, había disminuido el miedo a perder el poder por parte del franquismo y, de otro, debieron considerar que, si se seguía con el control estricto de los medios, la deslegitimación ante la opinión pública, que ya empezaba a tener acceso a información procedente del exterior, sería mayor que los riesgos de la apertura.

No conviene olvidar como señala José Ortega y Gasset en La Rebelión de las Masas, que “Jamás ha mandado nadie en la tierra nutriendo su mando de otra cosa que de la opinión pública. (…). Pues hasta quien pretende gobernar con los jenízaros depende de la opinión de éstos y de la que tengan sobre éstos los demás habitantes”.

A esto hay que unir dos elementos muy importantes en aquel momento: 1) la presión de la Iglesia para cambiar la Ley. Esta presión procedía de la década anterior, pero ya a principios de los años 60, el empuje de una Iglesia Católica no pudo ser desoído por el Gobierno español.  Con todo, la tramitación de la ley se realizó con evidente parsimonia y ahí entra en juego el segundo factor. 2) La propia voluntad de Fraga. El nuevo ministro de Información y Turismo mantenía excelentes relaciones con el sector político de los católicos. Además formaba parte de los aperturistas del Régimen que tenían muy presente qué pasaría a la muerte de Franco; a ello se unió, posiblemente, una serie de episodios de conflictividad y oposición acontecidos en los meses anteriores a su nombramiento, muy especialmente las huelgas de principios de 1962, lo que reforzó su convicción de cambiar ciertas posiciones.

Para la elaboración del texto, Fraga contó con el Subsecretario de su Departamento, Pío Cabanillas, y el primer borrador se envió a Franco en 1964. En él ya se introducían todos los aspectos esenciales de lo que sería la ley. En 1965, el texto se envió para informe al Consejo Nacional de Prensa, órgano consultivo y asesor del Ministerio en cuya composición predominaban periodistas. Esto le valió a Fraga para señalar que en la composición de la Ley había participado todos los sectores implicados, si bien, del dictamen del órgano de prensa, poco se recoge en la norma final. Aunque se logra introducir un recurso contencioso-administrativo contra las sanciones del Ministerio. Lo que no era poco.

La norma contó con la oposición, dentro del Gobierno, de Carrero Blanco y de Alonso Vega. Pero Franco, a decir de Fraga, atajó las críticas con el siguiente razonamiento: “si aquellos débiles gobiernos de principios de siglo podían gobernar con prensa libre, en medio de aquella anarquía, nosotros también podremos”[1]

Si analizamos la ley, veremos que los artículos más significativos se alternaban como si se tratara de un tablero de ajedrez en el que los cuadros blanco (positivos para la libertad de prensa) se contraponían a los negros (expresión de las restricciones a la misma). El Articulo 1 reconoce la libertad de prensa y, en cambio, el 2, sobre el que volveremos, señalaba los límites de la libertad de expresión; el artículo 12 planteaba el depósito previo de ejemplares, aunque la censura previa se prohibía en el artículo 3, lo cual era un avance muy significativo para la época; el artículo 5 preservaba las libertades reconocidas en la norma y, al tiempo, se recogían las prohibiciones para ejercer la dirección de un periódico (art. 36), la existencia de una única agencia española con la competencia exclusiva para distribuir las noticias de las agencias extranjeras (art. 49) o  la intervención de la Administración en el secuestro de publicaciones y en la imposición de sanciones. Estas divididas en tres niveles según su gravedad, lo que podía derivar en sanciones en vía administrativa o denunciar al medio o al periodista en la vía civil o, incluso, llegar a querellarse (vía penal), sobre todo, tras la reforma del Código Penal de 1967 (arts. 64, 66 y 69). Tras ello, de nuevo, el cuadro blanco, de la posibilidad de recursos administrativos y contencioso-administrativo en el art. 71.

Posiblemente, el mayor obstáculo para la libertad de prensa estaba en el artículo 2  al proclamar entre las limitaciones, «el respeto a la verdad y a la moral; el acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales; las exigencias de la defensa nacional, de la seguridad del Estado y del mantenimiento del orden público interior y la paz exterior”. Su contenido permitía todo tipo de argumentos contra la libertad de información.

Como describía acertadamente Miguel Delibes, ya en 1979, en una entrevista a ABC, sobre la situación creada por la ley: “Antes te obligaban a escribir lo que no sentías, ahora se conforman con prohibirte que escribas lo que sientes, algo hemos ganado”.

La ley fue criticada por muchos bien, unos, porque esperaban mayor apertura o bien, otros, por considerarla muy aperturista y entrañar grandes peligros para el régimen.

Los gobiernos franquistas hicieron amplio uso de los instrumentos que les reservaba la Ley. Desde 1966 a 1975 se incoaron más de 1.000 expedientes de los cuales un 30% acabaron en sanción y, de ellas, 18 alcanzaron la elevadísima cantidad para la época de  250.000 pesetas y la suspensión de la publicación entre dos y cuatro meses. Curiosamente, revistas como Cuadernos para el Diálogo y Cambio 16, que se hallaban en el grupo de las más sancionadas, experimentaron un aumento de difusión espectacular.

Como efectos de la Ley, cabe señalar que se eliminaron las similitudes en las noticias y, aunque de manera sutil, también en las líneas editoriales, creando ciertas tendencias políticas que se acentuarían con el tiempo. El ensalzamiento al régimen bajó a un tono moderado y, en ocasiones, hasta crítico. Entre los diarios existentes en el momento, el más afín al régimen fue Arriba, y los más críticos,  Ya, ABC y La Vanguardia,  dependiendo del tema tratado.

Nadie duda, hoy en día, de que la Ley de 1966 reforzó y aceleró un proceso de crítica, casi imperceptible al principio, pero esencial en el tiempo. Así lo recogen historiadores como Raymond Carr para el cual la Ley de Prensa de 1966 “cambió el clima cultural de España” o  Juan Pablo Fusi que sostiene que la Ley de Prensa  transformó ”el nivel informativo del país”. Para Javier Tusell, la ley de Prensa fue la norma “más trascendente” de la última etapa del régimen.

Finalmente, la aprobación de la Constitución de 1978 cambia totalmente el panorama informativo, como hemos visto. Por eso, no debemos olvidar lo que costó lograrlo, antes de resignarnos a perderlo. Recordemos con George Washington que: “Si nos quitan el derecho a la libre expresión, podrán llevarnos, sordos y callados, como ovejas al matadero”.

 

BIBLIOGRAFÍA

FERRERO, Guglielmo (1998 [1942]), Poder. Los Genios invisibles de la Ciudad, Madrid, Tecno

FRAGA IRIBARNE, Manuel (1980), Memoria breve de una vida pública, Barcelona, Planeta.

CHÜLIÁ, Elisa.  El régimen de Franco ante la prensa y el periodismo (Madrid, 1997) UNED

[1] FRAGA IRIBARNE, Manuel (1980), Memoria breve de una vida pública, Barcelona, Planeta.